¿Cuándo voy a necesitar el certificado energético?
Además de la Cédula de Habitabilidad, que hemos visto antes, Vd. puede necesitar también el Certificado energético.
Están obligados a disponer de él y a exhibir la etiqueta de eficiencia energética:
- Los edificios o parte de los mismos que se pongan a la venta o alquiler, en toda oferta, promoción y publicidad y en el momento del contrato.
- Los edificios o parte de los mismos ocupados por autoridad pública en una superficie de más de 250 m2, frecuentados por el público, según los siguientes términos:
- En venta o alquiler.
- Con superficie útil mayor de 500 m2: a partir del 1 de Junio de 2013.
- Con superficie útil entre 500 y 250 m2: a partir del 9 de Julio de 2015.
- En alquiler y con superficie mayor a 250 m2: 31 de diciembre de 2015.
¿Algún tipo de edificio se puede saltar la obligatoriedad de disponer del Certificado energético?
Si, los edificios industriales, los monumentos protegidos, los edificios religiosos, las construcciones provisionales, los edificios de uso agrícola, los edificios aislados de superficie útil inferior a 50 m2, los edificios destinados al derribo y los edificios con un uso inferior a cuatro meses al año.
¿Qué le entregaremos en Arquitectos Barna con el Certificado?
En una fase inicial, una vez visitada la vivienda y recogidos todos los datos que necesitamos, redactamos el Informe de Certificación energética, donde se refleja la calificación energética de la vivienda.
Le pediremos que nos firme una autorización para la tramitación de la solicitud de la etiqueta energética en su nombre. También redactamos un informe con medidas de mejora (cuyo cometido es únicamente el de informar de las posibles mejoras que se pueden realizar).
Tres o cuatro días después, tras haber recibido el aviso por parte del Instituto Catalán de la Energía conforme se ha generado la etiqueta, se la enviaremos a Vd., junto con un informe de gasto energético que también envían junto con la etiqueta.
¿Cuál es el coste de la tasa de tramitación?
El trámite de obtención de la etiqueta de eficiencia energética conlleva el pago de una tasa, exenta de IVA u otros impuestos, que para pisos o casas existentes es de 12,05 €. La tasa está exenta de IVA.