danos materiales

Dirección de Obra y Responsabilidades

Las Fases de toda Obra:

  1. Optimismo General
  2. Fase de desorientación
  3. Desconcierto general
  4. Período de «cachondeo» incontrolado
  5. Búsqueda implacable de culpables
  6. Sálvese quien pueda
  7. Castigo ejemplar a los inocentes
  8. Recuperación del optimismo perdido
  9. Terminación inexplicable de la obra
  10. Condecoración y premio a los NO participantes

arquitecto director de obra

Desde la publicación de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de la Ordenación de la Edificación, se protege a los consumidores en la medida en que ésta fomenta la construcción de viviendas de mayor calidad, y establece un sistema de garantías, cuyo mecanismo jurídico “estrella” es el seguro obligatorio de responsabilidad decenal, en el cual se identifica claramente cuáles son los agentes responsables en cada momento del proceso de edificación.

La LOE, a diferencia del artículo 1591 de C.C., distingue claramente a los agentes que intervien en la edificación en las siguientes figuras: el Promotor, el Proyectista, el Constructor, el Director de la Obra, el Director de la ejecución de la Obra,  las entidades o Laboratorios de Control de Calidad de la edificación, los Suministradores de Productos, los Propietarios o los Usuarios.

RESPONSABILIDADES

Los agentes que intervienen responderán frente a los propietarios o terceros adquirientes en los siguientes plazos:
  • Diez años de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten
    a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos
    estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad
    del edificio.
  • Tres años, de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos
    constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos
    de habitabilidad, y
  • durante un año, también responderá de los daños materiales por vicios
    o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras.

La fase de Dirección de Obra se perfila como determinante del nivel de calidad al que se ha de aspirar, ya que, si bien un buen proyecto sienta las bases para una cómoda Dirección de Obra, es responsabilidad del Arquitecto Director de la Obra no sólo asumir la responsabilidad de la Obra, sino también del proyecto, que puede no ser de su autoría. Deberá, pues, conocerlo perfectamente, e incluso poner en crisis cálculos, mediciones y criterios constructivos si así lo considera oportuno.

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UN POCO DE HISTORIA

En el caso de aquellas profesiones que disponen de colegio profesional, normalmente corresponde a este establecer unas normas de conducta o unos mínimos requerimientos colegiales para conseguir visado de un encargo o para formar parte de una institución, lo que se conoce como código deontológico.

La profesión médica es la que tiene el código moral más antiguo: el conocido como Juramento Hipocrático. Se atribuye a Hipócrates ( s. V a. de C.), médico de la antigua Grecia. El Juramento Hipocrático es un juramento público que pueden hacer los que se gradúan en medicina ante los otros médicos y ante la comunidad.
Su contenido es de carácter ético, y hoy día raramente es utilizado en su forma original, aunque sí sirve de base para otros juramentos y leyes similares que definen las buenas prácticas y morales médicas.
Podríamos encontrar paralelismos con el Juramento Hipocrático en el Código de Hammurabi, creado en el año 1760 a. de C. Es uno de los conjuntos de leyes más antiguos que se han encontrado, que relaciona la profesión de la Arquitectura y las responsabilidades del arquitecto en la construcción de edificios. Creado en la antigua Mesopotamia, se basa en la aplicación de la ley del talión a casos concretos.
Las leyes del Código de Hammurabi están escritas en babilonio antiguo y fijan diversas reglas de la vida cotidiana, como:
  • La jerarquización de la sociedad: hombres libres, siervos o subalternos y esclavos.
  • Los precios y los salarios.
  • La responsabilidad profesional: un Arquitecto que haya constuido una casa que se desplome sobre sus ocupantes y les haya causado la muerte será condenado a la pena de muerte.
  • Las penas: hay una escala de penas según los delitos y crímenes cometidos, basada en la ley del talión.
codigo hammurabi
La parte que actualmente más nos llama la atención son los artículos de esta norma que afectan directamente a la responsabilidad del Arquitecto:
  • 229.- Si un Arquitecto construyó una casa para otro que se derrumbó sobre el propietario, causándole la muerte, el Arquitecto será muerto.
  • 230.- Si el que murió fue el hijo del propietario de la casa, se matará al hijo del Arquitecto.
  • 231.- Si el derrumbe hizo morir al esclavo del dueño de la casa, el Arquitecto ofrecerá un esclavo equivalente.
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Bien, sirva la anécdota para hacernos reflexionar sobre la importancia de conocer la ley y la manera en que nos afecta a cada una de las partes, ya que es mucho lo que nos jugamos en el ejercicio diario de la Profesión.

Fuentes:

MERCHÁN GABALDÓN, FAUSTINO (2000): Manual para la Dirección de Obras, CIE Dossat 2000, Madrid
PONS ACHELL, J.FELIPE (2011): Informes periciales en edificación, Publicaciones de la Universidad Jaume I, Castelló de la Plana

Escrito por: Javier Luna Corento

Javier Luna
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